Ordenanza: Estableciendo una licencia especial con el goce íntegro de sus haberes por el
término de dos (2) días para pacientes recuperados de COVID-19 por cada vez que done
plasma sanguíneo, debiendo notificar previamente tal circunstancia al área de este Municipio en
la que desempeña sus funciones y presentando el certificado expedido por el ente de salud
interviniente al momento de reincorporarse en sus tareas.
Ordenanza Nro. 3957
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