Ordenanza: Exceptuando de la ORD Nº 2.472/05 en sus Artículos 3.8.7. “uso no admitido” y
3.8.5 inc. a) -Condiciones para la Sub división y Retiros- al inmueble municipal identificado bajo
Partida Provincial Nº 106030-4, Bardallo – pescaderias/reubicacion.-
Ordenanza Nro. 3690
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